Cómo presentar documentos en la corte
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Presente (entregue) sus documentos al secretario de la corte
Para presentar sus formularios en persona: No todas las cortes aceptan documentos de órdenes de restricción. Encuentre la corte de su condado para presentar los documentos de la orden de restricción en Encontrar mi corte y consulte "Matters Served" ("Asuntos atendidos") (para encontrar la corte más cercana que acepte órdenes de restricción o casos familiares.
En la corte, presentará los formularios entregando el original y dos copias al secretario. Sus formularios serán revisados por un juez. El secretario le informará cuándo regresar para recoger sus documentos de la corte.
Para presentar sus formularios en línea: Puede presentar sus formularios en línea (llamado e-filing, en inglés). Visite el sitio web de su corte para ver cómo hacer la presentación en línea. La corte le regresará sus formularios electrónicamente.
Algunas cortes disponen de un buzón que puede usar. El buzón puede estar ubicado dentro o fuera de la corte. Si deja sus documentos de la corte en un buzón, asegúrese de incluir el original más dos copias, y use un sobre o una banda elástica para mantener todos sus documentos juntos. Si usa un buzón, aún tendrá que regresar a la corte para recoger sus documentos de la corte. Es posible que usar un buzón no sea la forma más rápida de hacer que un juez revise sus documentos. Si necesita protección de inmediato, lleve sus formularios al secretario de la corte o preséntelos en línea.
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Averigüe cuándo estarán listos sus documentos para recogerlos
Es posible que el juez pueda revisar su solicitud ese mismo día. De lo contrario, tendrá que volver a la corte al día siguiente. Pregúntele al secretario cuándo tiene que regresar para recoger sus documentos de la corte.
Algunas cortes pueden proporcionarle una copia por email. Consulte con el secretario de la corte o el Centro de ayuda para averiguar cómo obtener los documentos de su orden de restricción. -
Revise los documentos y las órdenes del juez
Una vez que recoja sus formularios, léalos para ver lo que ordenó el juez.
Tiene una fecha de audiencia. Consulte el formulario DV-109 para ver cuándo y dónde es su fecha de audiencia (audiencia en la corte).
Si el juez firmó el formulario DV-110, esto significa que tiene una orden de restricción temporal. Las órdenes otorgadas en el formulario DV-110 solo duran hasta la fecha de audiencia. Tiene que ir a su fecha de audiencia si quiere una orden de restricción a largo plazo. Tenga una copia del formulario DV-110 con usted en todo momento. Si tiene un teléfono, también puede usarlo para tomar una foto de todas las páginas y así tener una prueba en todo momento. Tener una copia de su orden de restricción le ayudará si necesita llamar a la policía para denunciar una violación de la orden.
Algunas órdenes, como la manutención de los hijos y la manutención del cónyuge, no se pueden otorgar antes de que se haya hecho la entrega legal (dar aviso) a la otra parte de la solicitud de manutención. Si puede hacer la entrega legal a la otra parte antes de la fecha de audiencia, el juez puede otorgar órdenes de manutención en su fecha de audiencia. Algunas órdenes, como mantenerse alejado y mudarse, se pueden otorgar en el momento, y el juez decide si otorgar estas órdenes según lo que está escrito en su solicitud (formulario DV-100).Si el juez no le otorgó una orden de restricción temporal, aún puede otorgarle una orden de restricción en su fecha de audiencia. Si aún quiere una orden de restricción, tendrá que seguir todos los pasos del proceso, incluida la entrega legal a la otra parte. Si ya no quiere una orden de restricción, no tiene que ir a su fecha de audiencia. También puede cancelar su fecha de audiencia. Para obtener más información sobre cómo cancelar su fecha de audiencia, obtenga ayuda gratuita en su Centro de ayuda local o hable con un abogado.
Hay personas que pueden ayudarle a preparar un plan de seguridad para mantenerlo a salvo en el hogar, el trabajo, la escuela, otros lugares a los que vaya y en línea. Para obtener más información sobre cómo crear un plan, vaya a la Línea Nacional sobre Violencia Doméstica o llame al 1-800-799-SAFE (1-800-799-7233).
Recoja sus documentos de la corte en la oficina del secretario
¿Cuáles son los siguientes pasos?
Una vez que haya presentado su solicitud de orden de restricción, el siguiente paso es recoger sus documentos de la corte en la oficina del secretario después de que un juez los haya revisado.
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