Cómo obedecer las órdenes de prohibición de armas de fuego
Si tiene o posee algún arma de fuego, componente de arma de fuego, munición o cargador tiene que completar los pasos que se indican a continuación.
Si no tiene ningún artículo prohibido, no intente obtener ni comprar uno hasta que finalicen las órdenes en su contra.
🔗 Todos los enlaces a formularios de la corte se abren en una nueva pestaña.
Antes de comenzar
Necesitará una copia de la orden de restricción. Debería estar en uno de estos formularios:
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Obedezca la orden del juez de entregar, vender o almacenar sus armas de fuego, partes de armas de fuego, municiones y cargadores.
Si tiene o posee armas de fuego, componentes de armas de fuego, municiones o cargadores, tiene que hacer una de las siguientes cosas dentro de las 24 horas después de haber recibido la entrega legal de la orden de restricción:
- Entregárselos a a una agencia del orden público local, o
- Vender sus armas de fuego y otros artículos a un comerciante de armas autorizado, o
- Almacenar sus armas de fuego y otros artículos con una agencia del orden público local o con un comerciante de armas autorizado (es probable que tenga que pagar una cuota por el almacenamiento).
⚠️ Si tiene o quiere blindaje personal: tiene prohibido tener blindaje personal mientras que haya una orden de restricción en su contra. Si tiene blindaje personal, tiene que entregarlo o venderlo. Si quiere quedárselo, el alguacil o el departamento de policía local son los únicos que pueden darle una excepción.
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Pídale a la agencia del orden público local o al comerciante de armas autorizado que complete el formulario requerido
Tiene que demostrarle al juez que entregó, vendió o almacenó todas las armas de fuego, componentes de armas de fuego, munición y cargadores que posee o tiene.
Para ello, imprima un formulario llamado Recibo por armas de fuego, componentes de arma de fuego, municiones y cargadores (formulario GV-800).
- Llene los puntos 1, 2, 7 y el número de caso.
- Pídale al agente de policía o al distribuidor de armas autorizado que complete los puntos 4 o 5 y el punto 6.
- Firme y feche el formulario al final de la página 3.
Antes de presentar un formulario distinto al GV-800, pregunte en su corte local cómo quieren que lo presente usted. Es posible que quieran que adjunte el documento al formulario MC-030 o a otro formulario que proporcione el número y nombre del caso, y otra información sore el caso. -
Presente el formulario en la oficina del secretario de la corte
Una vez que el formulario esté lleno, haga una copia y presente el original al secretario de la corte de inmediato.
- ⚠️ Tiene que ser presentado dentro de las 48 horas posteriores al momento en el que le hicieron entrega legal de la orden de restricción.
- 💵 No existe ninguna cuota por presentar este formulario.
Para presentar su formulario:
- Preséntelo en la corte que se indica en los documentos de la corte que recibió de la otra parte (por ejemplo, la corte se indica en la página 1 del formulario EPO-002 (en español) o el formulario GV-109 (en español)).
- Entregue el original y la copia al secretario.
- El secretario se quedará con el original, sellará su copia y se la devolverá.
- Guarde la copia para sus registros
Órdenes de restricción por violencia armada
Explore otros pasos
Obtenga información sobre los diferentes pasos en el proceso de orden de restricción para la persona restringida.
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Recibí el formulario EPO-002. ¿Qué significa?
Obtenga ayuda para entender la orden de restricción y sus opciones.
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Recibí el formulario GV-109. ¿Qué significa?
Obtenga ayuda para entender la orden de restricción y sus opciones.
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